Domingo 29 de Diciembre de 2013

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Cortando el pasto

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de san Isidro en su sesión de los días 18 y 27 de Diciembre del 2013

por Comisiòn de Carreras

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “QUEMELA LINARES”, que se clasificara primero en la 8ª carrera del día 30 de octubre p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente donde manifiesta que el producto utilizado contiene la droga informada por el Servicio Químico.

Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (13 de noviembre p.pdo.) y hasta el 12 de mayo de 2014 inclusive, al Entrenador Dn. RAMON O. SANTILLAN.

Artículo 25, Inciso II ap. c) Inciso VII ap. c), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (13 de noviembre p.pdo.) y hasta el 12 de enero de 2014 al S.P.C. “QUEMELA LINARES”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:

1º) FRUTILLACONCREMA 5º) SIN FILO

2º) PRIMORES 6º) SIMBA QUEEN

3º) ALMA NEGRA 7º) BRIMMA

4º) ESPALDA SPA 8º) BRIGHT CAUSE

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

San Isidro, 18 de diciembre de 2013.-

JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

MULTAR: en la suma de $ 400,00, al jockey aprendiz MAXIMILIANO ASERITO RODRIGUEZ, por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal y ser varias veces reincidente, luego de disputada la 8ª carrera del 22 de diciembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Brent Malvina”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones.

Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey NESTOR F. FERNANDEZ, por haber incrementado su peso neto en 1.200 gramos en pista normal y ser reincidente, luego de disputada la 10ª carrera del 22 de diciembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Lanky”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones.

Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. LEONARDO A.. CHAPARRO, por haber presentado al s.p.c. “Coronada Planet” con la vacuna contra Influenza Equina vencida, en la 3ª carrera del 20 de diciembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder.

Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. SERGIO O. QUINTANA, por haber presentado al s.p.c. “Niloso” con la vacuna contra Influenza Equina vencida, en la 8ª carrera del 20 de diciembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder.

Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. TOMAS G. BENITEZ, por haber presentado al s.p.c. “Minero de Chile” con la vacuna contra Influenza Equina vencida, en la 11ª carrera del 20 de diciembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder.

Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras

CABALLERIZAS

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “CARLOS B” (GCHU), por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c “Sunshawe”, a cargo del Entrenador Dn. Juan C. Borda, inscripto para la 8ª carrera del 22 de diciembre p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas.

Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “LOS MOROS”, por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación de los s.p.c “Haifa Mora” y “Holográfica”, a cargo del Entrenador Dn. Juan C. Etchechoury, inscripto para la 10ª y 11ª carrera del 22 de diciembre p.pdo., respectivamente. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas.

Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

S.P.C.

SUSPENDER: al s.p.c. “DAILA” por el término de treinta (30) días, desde el 22 de diciembre y hasta el 20 de enero próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Luis S. Bedoya, por haber sido ratificado para los días 18 y 22 de diciembre p.pdo. y no presentado a correr en la 15ª carrera del día 22 de setiembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

SERVICIO VETERINARIO

VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el s.p.c. “DREAM WINNER”, a cargo del Entrenador Dn. Carlos A. Zarlengo, que presentara epistaxis bilateral luego de disputada la 13ª carrera del día 18 de diciembre p.pdo., como medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30) días desde el 18 de diciembre y hasta el 16 de enero próximo inclusive.


VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el s.p.c. “REINE MERE”, a cargo del Entrenador Dn. Mariano Iguacel Loeda, que presentara epistaxis bilateral luego de disputada la 3ª carrera del día 20 de diciembre p.pdo., como medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30) días desde el 20 de diciembre y hasta el 18 de enero próximo inclusive.

VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el s.p.c. “LANKY”, a cargo del Entrenador Dn. Elvio R. Bortule, que presentara epistaxis bilateral luego de disputada la 10ª carrera del día 22 de diciembre p.pdo., como medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30) días desde el 22 de diciembre y hasta el 20 de enero próximo inclusive.

SUSPENDER: al s.p.c. “BASEBALL CATCHER” a cargo del Entrenador Dn. German R. Hildt, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de veinte (20) días, a partir del 18 de diciembre del corriente año y hasta el 6 de enero de 2014 inclusive, por claudicación del miembro posterior izquierdo, en la revisación previa de la 14ª carrera del día 18 de de diciembre p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “DIABLO BRUJO” a cargo del Entrenador Dn. Mauro R. Linares, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de un (1) año, a partir del 20 de diciembre del corriente año y hasta el 19 de diciembre de 2014 inclusive, por fractura de sesamoides del miembro anterior derecho, durante el desarrollo de la 7ª. carrera del día 20 de diciembre de 2013 p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “BURWEL” a cargo del Entrenador Dn. Germán R. Hildt, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de ocho (8) meses, a partir del 20 de diciembre del corriente año y hasta el 19 de agosto de 2014 inclusive, por ruptura de ligamentos sesamoides distales del miembro anterior derecho, durante el desarrollo de la 15ª del 20 de de diciembre p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “ALL EXPRESIVA” a cargo del Entrenador Dn. Carlos A. Dacosta, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de veinte (20) días, a partir del 22 de diciembre del corriente año y hasta el 10 de enero de 2014 inclusive, por claudicación del miembro anterior izquierdo, luego de disputada la 10ª carrera del día 22 de de diciembre p.pdo.

STARTERS

SUSPENDER: al s.p.c. “WILD VIEW” – 13ª carrera del 18-12-2013, a cargo del Entrenador Dn. Juan P. Rojas, por indocilidad peligrosa, abalanzándose. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días.

Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “GISOL” – 8ª carrera del 20-12-2013, a cargo del Entrenador Dn. Zenon J. Santillan, por negarse a ingresar al partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días.

Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “FLOPINA LEAL” – 12ª carrera del 22-12-2013, a cargo del Entrenador Dn. Jorge E. Gargano, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue retirado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días.

Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “ALEX STAR” – 16ª carrera del 22-12-2013, a cargo del Entrenador Dn. Carlos R. Giussi, por demorar su ingreso al partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días.

Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de sesenta (60) días, al s.p.c. “FOOT OF HONOURS”, 17ª carrera del 22 de diciembre p.pdo., desde el 22 de diciembre y hasta el 19 de febrero de 2014 inclusive, por ser reincidente, a cargo del Entrenador Dn. José A. Lofiego, por quedarse en el partidor, largando retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término que esta Comisión de Carreras estime corresponder.

Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

San Isidro, 27 de diciembre de 2013.-

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:

LA COMISION DE CARRERAS

RESUELVE
1º) CONCEDER: Licencia Provisional de Entrenador al señor

JUAN IGNACIO BONADEO D.N.I. 38.111.915

por el término de un (1) año, hasta el 31 de diciembre de 2014.

2º) CONCEDER: Licencia Provisional de Entrenador al señor

MARIANO ARIEL ROMERO D.N.I. 33.116.928

por el término de tres (3) meses, hasta el 31 de marzo de 2014.

San Isidro, 27 de diciembre de 2013.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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