Martes 20 de Agosto de 2013

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Cortando el pasto

RESOLUCION ADOPTADA POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de San Isidro en su sesión del día 14 de Agosto de 2013

por Comisión de Carreras

JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 23 de agosto próximo, al jockey JUAN C. VILLAGRA, por perder la línea a poco de largar, en la 12ª carrera disputada el día 7 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Royal Fuyi”. Artículo 20, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 23 de agosto próximo, al jockey JORGE G. RUIZ DIAZ, por perder la línea a poco de largar, en la 2ª carrera disputada el día 10 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Cachorra Top”. Artículo 20, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de tres (3) reuniones, que se computarán desde el 23 y hasta el 25 de agosto próximo inclusive, al jockey JUAN C. NORIEGA, por las molestias ocasionadas en los tramos finales, al proyectar su cabalgadura contra otro competidor, en la 8ª carrera disputada el día 10 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Doña Trunca”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER:
por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 23 y 24 de agosto próximo inclusive, al jockey aprendiz GUSTAVO E. RETORTO, por perder la línea ocasionando serias molestias en la recta final, en la 15ª carrera disputada el día 10 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Soy Correntina”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: a la jockey LUCRECIA M. CARABAJAL, por el abuso de confianza puesto de manifiesto en oportunidad de la conversación mantenida con los Comisarios, en el transcurso de la Reunión Hípicadel pasado sábado 10 de agosto. Artículo Preliminar, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey SERGIO L. TOSCANI, por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 2ª carrera del 7 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Asediada Husson”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey CRISTIAN P. VILLABONA, por haber incrementado su peso neto en 1.100 gramos en pista normal, luego de disputada la 12ª carrera del 7 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Diomissi”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey EDWIN R. TALAVERANO C., por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 3ª carrera del 10 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Song Forthe Cat”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. JORGE A. HERRERA, por tener al s.p.c. “Song Forthe Cat”, inscripto para la 3ª carrera del 10 de agosto p.pdo., con su Libreta Sanitaria vencida. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

CABALLERIZAS

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Celsa del Tala” (LP), por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c “First Princess”, a cargo del Entrenador Dn. Carlos E. Acevedo, inscripto para la 4ª carrera del 7 de agosto p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

S.P.C.

SUSPENDER: al s.p.c. “CHICA SAGAZ” por el término de treinta (30) días, desde el 7 de agosto y hasta el 5 de setiembre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Gustavo O. De Angelo, por haber sido inscripto en una competencia reabierta y no presentado a correr en la 3ª carrera del 7 de agosto p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

SERVICIO VETERINARIO

SUSPENDER: al s.p.c. “IDEAL LADY” a cargo del Entrenador Dn. Diego Peña, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de treinta (30) días, a partir del 7 de agosto y hasta el 5 de setiembre próximo inclusive, por herida cortante en el codo del miembro anterior izquierdo, durante el desarrollo de la 4ª carrera del día 7 de agosto p.pdo.

STARTERS

SUSPENDER: al s.p.c. “CHOLA STORM”– 1ª carrera del 10/8/2013, a cargo del Entrenador Dn. Franco G. Retamoso, por indocilidad peligrosa, motivo por el cual fue retirado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “HUALLALI”– 7ª carrera del 10/8/2013, a cargo del Entrenador Dn. Alfredo F. Gaitan Dassie, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue retirado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “BEBE MAGIC”– 13ª carrera del 10/8/2013, a cargo del Entrenador Dn. Jose A. Ionadi, por largar sensiblemente retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) RENOVAR la Licencia Provisional de Entrenador al señor:
OSVALDO D. DAVILA D.N.I. 21.889.971
Hasta el 31 de diciembre de 2013 inclusive.
2º) Comuníquese y dese a publicidad.-
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De acuerdo a las normas establecidas en los Artículos 26 y 27 del Reglamento General de Carreras:
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) Atento lo solicitado se autoriza el cambio de nombre de la Caballeriza “RDI” (SI), por el de “STUD RDI” (SI).
2º) Comuníquese y dese a publicidad.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “INTER SOBERBIO”, que se clasificara primero en la 14ª carrera del día 5 de junio p.pdo, del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap.c) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente donde manifiesta que el producto utilizado contiene la droga informada por el Laboratorio Químico. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, a partir del 11 de setiembre y hasta el 10 de marzo de 2014 próximo inclusive, al Entrenador Dn. CARLOS I. PILDAIN.
Artículo 25, Inciso II ap. c) Inciso VII ap. c), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (12 de julio p.pdo.) y hasta el 11 de agosto de 2013 inclusive, al S.P.C. “INTER SOBERVIO”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:
1º) EL COMILON 8º) ROMAN HAT
2º) CON VOS 9º) VERBIEN VAN
3º) EVENTO TOP 10º) WILD VIEW
4º) UN SUCESO 11º) ESCENOGRAFO ROAM
5º) ZONEIRO 12º) JURANZON
6º) WESTERN LOVER 13º) CHUBASCO DAY
7º) CHIFLETE HALO 14º) PURE MANUEL

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído a la S.P.C. “EMIRATE’S GIRL”, que se clasificara tercera en la 6ª carrera del día 29 de junio p.pdo, del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador solicitado la apertura del “frasco testigo” y, efectuado el análisis correspondiente, se ha confirmado el resultado informado por el Servicio Químico, y que el entrenador no ha presentado el descargo que hace a su derecho de defensa. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (5 de julio p.pdo.) y hasta el 4 de enero de 2014 inclusive, al Entrenador Dn. ROBERTO A. PELLEGATTA.
Artículo 25, Inciso II ap. c) Inciso VII ap. c), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (5 de julio p.pdo.) y hasta el 4 de setiembre de 2013 inclusive, a la S.P.C. “EMIRATE’S GIRL”.

3º) Distanciar a los efectos del premio a la mencionada S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:
1º) JUHAYNA
2º) ULTIMO SUEÑO
3º) INCABRONATTA
4º) SUBTLETY
5º) ROMAN FITZ
6º) INDIANAPOLA

4º) Comuníquese y dese a publicidad.


San Isidro, 14 de agosto de 2013.-
 

Descargar documento relacionado: Res. Com Carreras (14-08-13).pdf

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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