Lunes 19 de Julio de 2010

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DE PALERMO

Resoluciones adoptadas por el Hipódromo Argentino de Palermo en su sesión de fecha 15 de julio de 2010. Suspensiones y apercibimientos.

por Oficina de Prensa

  • J O C K E Y

APERCIBIR : al jockey ABEL L.J.GIORGIS por no mantener su línea en la largada de la 6ª carrera del día 10 de julio ppdo., conduciendo al S.P.C. “RELARGO”.-

 

  • E N T R E N A D O R Y S. P. C.

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el 10 de julio ppdo. y hasta el 9 de agosto próximo inclusive, al S.P.C. “UPIANO”, y MULTAR en la suma de $ 250.-al entrenador s.p.c. D. JORGE D.BERHO , por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del mencionado ejemplar en la 6ª carrera del día 10 de julio ppdo..-

  • S. P. C.

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el 10 del corriente y hasta el 9 de agosto próximo inclusive, al S.P.C. “SOUTH ROYAL”, a cargo de la entrenador MIGUEL A.DIAZ por presentar hemorragia pulmonar post-esfuerzo, luego de disputada la 1ª carrera del día 10 del corriente mes.-

INHABILITAR: al S.P.C. “LA RAPERA”, a cargo de la entrenador s.p.c. D. JUAN A. FERNANDEZ para en el Hipódromo Argentino de Palermo por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el 12 del corriente y hasta el 11 de agosto próximo inclusive, por su peligrosa indocilidad, puesta de manifiesto en el desarrollo de la 4ª carrera del día 12 del corriente mes, habiendo participado con “careta” y no mantener su línea a partir de los 1000 metros, debiendo ser sofrenada por su jinete.

INHABILITAR: hasta el día 28 de julio próximo inclusive al S.P.C. “FIRST SING”, a cargo del entrenador s.p.c. D. ALEJANDRO M.ORTIZ, consecuencia de haberse extendido la validez del retiro veterinario presentado el pasado 28 de junio para retirar al mismo de la 7ª carrera; y, que por error recayera en el S.P.C. “PRETTY CUTE”, perteneciente al mismo entrenador, quién queda rehabilitado a partir de la fecha.

  • S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “FRIEDA WEIS”, a cargo del entrenador s.p.c. D.JUAN C.MALDOTTI, por negarse a ingresar al partidor en la 8ª. carrera del día 10 de julio ppdo.. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberá transcurrir treinta (30) días y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “SOUND WIND”, a cargo del entrenador D. MATIAS SOMBRA, por negarse a ingresar al partidor en la 10ª. carrera del día 12 de julio ppdo.. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberá transcurrir treinta (30) días y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

  • PROPIETARIO

MULTAR: en la suma de $ 200.- al titular de la caballeriza “EL TALISMAN” (ROSARIO), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “POLIFONICO”, inscripto en la 14ª.carrera del día 10 del corriente, contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para ser inscripto hasta realizar el trámite correspondiente.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Dóping (CENARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “ADAN HONOUR”, que participara de la 8ª carrera del día 18 de junio ; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 8 de julio ppdo., se procedió a la apertura del "frasco control" en el Laboratorio Químico del CeNARD, con la presencia del Señor Miguel Ángel Sola en representación del entrenador s.p.c. D. Marcelo R. Ferraguti, quién por nota lo autorizara para que lo represente en este acto, y el Representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Sr. Javier Denis;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el "frasco control", ratifica los resultados obtenidos originariamente, presencia de sustancias prohibida por el Reglamento General de Carreras encuadradas en la categoría 2ª (Artículo 36, Inciso VII).-

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo hizo su presentación en tiempo y forma;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E:
 

.- Suspender por el término de cuatro (4) meses que se computarán desde el 30 de junio y hasta el 29 de octubre próximo inclusive, al entrenador s.p.c. D. MARCELO R.FERRAGUTI;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el 30 de junio y hasta el 29 de agosto próximo inclusive, al S.P.C. “ADAN HONOUR”;

3º.- Distanciar del marcador de la 8ª carrera del día 18 de junio ppdo., al S.P.C. “ADAN HONOUR”, quedando el definitivo de la manera que sigue: primero “CHISPON”; segundo “MAR DEL GALO”; tercero “CONTRAFIERRO”; cuarto “BORLARSE” y quinto “INDONESCO”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

 

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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